TC ordena avisar fallos a menores y explicarlos en lengua claro

El Tribunal Constitucional (TC) estableció nuevos estándares para el tratamiento de adolescentes sometidos a procesos penales, al disponer que las decisiones judiciales que les afecten deben ser notificadas directamente al pequeño y explicadas en un lengua claro y comprensible, concorde con su etapa, como seguro esencial del conveniente proceso.

El criterio fue fijado mediante la sentencia TC/0039/26en la que el detención tribunal anuló una resolución de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Honradez (SCJ) que había obvio inadmisible un expediente de casación por alegada presentación fuera de plazo. Para el TC, el enumeración fue incorrecto porque la sentencia de apelación solo fue notificada al padre del entonces adolescente imputado y no al propio sancionado.

La valor introduce el principio de que, si un adolescente puede ser investigado, curia y sancionado penalmente, todavía debe conocer personalmente las decisiones adoptadas en su contra y comprender sus existencias.

El caso se originó tras hechos ocurridos en 2021, cuando el adolescenteque entonces tenía 16 abriles de etapa, fue obvio responsable de violar los artículos 379, 383, 384 y 385 del Código Penal Dominicano, relativos al delito de robo en sus modalidades agravadas.

  • Como consecuencia, fue condenado a cinco abriles de privación de autonomíapenalidad luego confirmada en apelación. Los representantes del pequeño luego elevaron un expediente de casación que la Suprema Corte declaró inadmisible por activo sido depositado fuera del plazo judicial.

En su observación, el Ttribunal Constitucional sostuvo que la notificación de las decisiones judiciales no constituye una simple formalidad procesal, sino una seguro sustantiva del derecho de defensa y de la tutela contencioso efectiva. La suscripción corte indicó que el adolescente es un sujeto activo del proceso penal y destinatario directo de la penalidad, por lo que debe tener conocimiento efectivo de las decisiones que puedan afectar su autonomía.

El tribunal fundamentó su razonamiento en el principio del interés superior del irreflexivo y en el derecho del pequeño a ser escuchado internamente del proceso contencioso, garantías reconocidas por el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

Según explicó, este derecho implica que el adolescente no puede terminar relegado a un papel pasivo o representado exclusivamente por adultos, sino que debe participar activamente y comprender las actuaciones judiciales que inciden sobre su situación jurídica.

El resolución hizo pedantería en el lengua utilizado por los tribunales. El Constitucional estableció que las decisiones dirigidas a adolescentes deben comunicarse “en un lengua sencillo y adecuado para su etapa, evitando tecnicismos y asegurando que pueda participar activamente en el proceso”.

La sentencia sostiene que la comunicación de la valor no es solo un requisito formal, sino una seguro esencial de sus derechos, por lo que comprender el resolución permite al adolescente conocer las razones de la penalidad, las obligaciones que deberá cumplir y las vías recursivas habitable.

Robustecer su dignidad

Para el tribunal, confinar la información a terceros o utilizar documentos incomprensibles convierte al pequeño en un objeto del proceso penal. En cambio, informarlo de forma directa y entendible fortalece su dignidad, su derecho de defensa y su proceso de reintegración social internamente del sistema de honradez jovial.

El TC todavía destacó que el maniquí previsto en la Ley 136-03 prioriza la educación, la responsabilidad progresiva y la reinserción social por encima del castigo meramente punitivo, lo que exige una décimo activa del adolescente durante todo el proceso.

Como consecuencia, el tribunal acogió el expediente de revisión constitucional, anuló la valor de la Suprema Corte y ordenó remitir nuevamente el expediente a esa facultad, reabriendo la posibilidad de conocer el expediente de casación.

Periodista y escritor. Egresado de la UASD, con una trayectoria en prensa televisiva y varios medios impresos.

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