Prohíben liquidación ambulante de bebidas alcohólicas en playas | AlMomento.net

Prohíben liquidación ambulante de bebidas alcohólicas en playas | AlMomento.net

SANTO DOMINGO.- El Tarea de Turismo prohibió la liquidación ambulante de bebidas alcohólicas en playas y actividades recreativas durante la Semana Santa.

La resolución, que comprende desde el 14 al 20 de abril, igualmente prohíbe el consumo de bebida entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana en actividades complementarias, como parques acuáticos o temáticos, ranchos de caballos.

David Collado, ministro de Turismo, explicó en X que «posteriormente de una semana muy triste para nuestro país, marcada por el lamentable suceso en la discoteca Jet Set, iniciamos esta nueva semana con una reunión anejo al Viceministerio de Destinos y la Policía Turística. Coordinamos, como cada año, la expulsión de una resolución para blindar la seguridad de los dominicanos y turistas durante esta Semana Santa. El compromiso es claro: proteger la vida y certificar la tranquilidad de todos».

La resolución establece que «los hoteles y complejos hoteleros deberán seguir cumpliendo con las condiciones de seguridad e higiene establecidas en el Reglamento no. 215, de clasificación y normas de establecimientos hoteleros de data 16 de julio de 1984, modificado por el decreto 818-03, que aprueba el Reglamento de funcionamiento de los establecimientos hoteleros del 20 de agosto de 2003».

Asimismo, dispone que «todas las excursiones desarrolladas u ofrecidas por agencias de viajes y touroperadoras deberán contar con un rumbo turístico con carnet actual consentido por el Tarea de Turismo».

OTRAS DISPOSICIONES

  • Se prohíbe el uso de Jets Sky, Wave Runner y Cambur Boats en playas y balnearios de todo el circunscripción doméstico
  • Quedan prohibidas igualmente el uso de motocicletas, Four Wheels y vehículos en las playas del país
  • Siquiera podrán establecerse casas de campaña y similares en las playas de la nación
  • Las playas y balnearios estarán abiertos desde las 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m. durante todo el asueto, tal como establece la presente resolución
  • Todos los hoteles del país deberán colocar supervisores o flotador en los frentes de las playas, como medida de seguridad
  • Se prohíben la celebración de fiestas y eventos en playas y balnearios, conforme a lo establecido en la resolución no. MIP-RR-0001-2025 dictada por el Tarea de Interior y Policía en data 11 de abril de 2025
  • Los hoteles que organicen eventos están en la misión de contar con un plan de seguridad, «que permita certificar que se mantenga el orden en éstos»
  • Queda prohibido en los complejos turísticos cerrados el uso de carritos de golf de parte de menores de años que no cuenten con abuso o permiso de conducir
  • Serán permitidas las excursiones acuáticas en la falta Gri-Gri, isla Saona, isla Catalina y Cayo Sobresaliente, «siempre y cuando se realicen en embarcaciones reguladas por el Tarea de Turismo.

LAS SANCIONES

Turismo advirtió a los hoteles y a los establecimientos turísticos que el incumplimiento de la legislatura implicaría la suspensión de su abuso de operación, así como la aplicación de cualquier castigo adicional aplicable.

Policía Turística (Politur) con la concurso de la Policía Doméstico, el Tarea de Defensa, la Armada de República Dominicana, la Defensa Civil y el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) estarán a cargo del cumpliento de dichas disposiciones.

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