El presidente de la República, Luis Abinader, emitió el Decreto núm. 84-26, mediante el cual realizó nuevas designaciones en áreas estratégicas del Estado, como parte del proceso de fortalecimiento institucional y restablecimiento de la mandato pública.
La disposición presidencial designa a Rafael Evaristo Santos Badia como ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT).
El decreto además establece la designación de Geraldo Espinosa Pérez como contralor común de la República.
Santos Badía, se desempeñaba actualmente como director común del INFOTEP, es diplomado en Derecho por la Universidad de la Tercera Existencia (UTE), técnico en Distribución de Empresas Cooperativas por la UNPHU, y posee diplomados en Caudal Política y Derecho Profesional y Sindical por la UASD, así como en Relaciones Internacionales por la UTE.
Docente y avezado del sector sindical y del tripartismo dominicano, cuenta con una amplia trayectoria en el ámbito constitucional, educativo y de la concertación social. Fue diputado al Congreso Franquista entre 1990 y 1998, integró la Comisión Permanente de Educación de la Cámara de Diputados, participó en el Plan Decenal de Educación y ha sido miembro de órganos directivos del INFOTEP y del sistema de seguridad social magisterial. Es autor del manual “Treinta primaveras de gremialismo magisterial en la República Dominicana” y ha sido obligado con la Orden al Mérito de Duarte, Sánchez y Hendidura, jerarquía Caballeroso, entre otras distinciones.
Por su parte, Espinosa es diplomado en Contabilidad por la UASD, con peculiaridad de posgrado en Tributos Internos, máster en Mandato Financiera, Presupuesto Sabido y Política Fiscal, y una habilidad en Distribución de Negocios (MBA) con concentración en Operaciones por la PUCMM. Posee más de 24 primaveras de experiencia en el sector manifiesto, destacándose por la creación e impulso de importantes sistemas de control, mandato financiera y supervisión del pago manifiesto.
La disposición deroga decretos y artículos anteriores vinculados a las funciones ahora reasignadas y fue remitida a las instituciones correspondientes para su conocimiento y ejecución, conforme a las atribuciones constitucionales del Poder Ejecutante.






