La autora es periodista y abogada. Reside en Santo Domingo
POR MARIA ESTELA DE LEON
La violencia contra las mujeres adopta múltiples formas, algunas visibles y otras profundamente silenciosas, pero no por ello menos devastadoras. Interiormente estas se encuentra la violencia vicaria, una de las expresiones más crueles y menos comprendidas de la violencia de clase. En este tipo de acometida, el hombre no ataca directamente a la mujer, sino que la daña y la hace sufrir a través de lo que más ama: sus seres queridos, especialmente sus hijos e hijas.
En consulta al psiquiatra Dr. Ramón Ceballos, sobre el tema, refiere que: este tipo de violencia es una logística utilizada por los agresores como forma de controlar, adicionalmente de castigar y vengarse de sus parejas o exparejas, situación que provoca un sufrimiento psicológico profundo, con consecuencias devastadoras para la vitalidad mental y emocional de toda la clan.
Expresa que, “las mujeres afectadas por violencia vicaria suelen presentar síntomas psicológicos profundos y persistentes, entre ellos depresión, ansiedad intensa acompañada de sensación constante de amenaza, miedo permanente a perder a sus hijos o a sufrir nuevas agresiones, cuadros depresivos marcados por tristezas profundas, desesperanza y pérdida del sentido de la vida”.
En ese orden, el profesional manifiesta que con frecuencia se desarrolla, adicionalmente, estrés postraumático, con memorias intrusivos e hipervigilancia, así como sentimientos de omisión e impotencia por no poder proteger a sus hijos e hijas. A esto se suman el aislamiento social, los trastornos del sueño, como insomnio o pesadillas, y la somatización, expresada en dolores físicos sin causa médica vistoso.
Con relación a esta conducta, el primer paso es asimilar qué es la violencia vicaria. Lo cual permitirá identificarla, prevenirla, sancionarla y luego erradicarla. La psicóloga Sonia Vaccaro, quien acuñó y desarrolló este concepto, la define como “la violencia que se ejerce sobre los hijos e hijas de una mujer para causarle sufrimiento directo a ella”.
Importante indicar, que Vaccaro en su obra Violencia vicaria. Apalear donde más duele, establece una relación directa entre esta habilidad y la violencia de clase, demostrando que no se manejo de hechos aislados, sino de una forma específica y sistemática de acometida machista.
Hay que destacar, que el aporte de Sonia Vaccaro ha sido básico para vislumbrar esta conducta, nombrarla y definirla, permitiendo sentar las bases para un embestida integral. Su trabajo ha contribuido al exposición de protocolos de obra orientados a precaver, sancionar y erradicar la violencia vicaria, y se ha convertido en una utensilio secreto para los tomadores de decisiones en materia de políticas públicas, probidad y protección de derechos.
Aunque los hijos e hijas son las víctimas más utilizadas, el círculo de violencia puede ampliarse a otros vínculos significativos, como padres, madres, hermanos, hermanas. En su forma más extrema, esta ascensión puede incluir el homicidio o la desaparición forzada, manipulación y amenazas del entorno llano para obtener testificación y manifiesto desfavorables a la matriz, en relación con la País Potestad, Cuidador y Custodia.
La violencia vicaria forma parte del cóctel de violencias a los que se enfrentan las mujeres en la RD, esta se encuentra inserta y normalizada en los hogares y en la civilización cotidiana, situación que la oculta, bajo el tamiz de violencia de clase, y no lo es, por lo que es necesario llamarla por su nombre, para tipificarla y sancionarla.
Estudios indican que, en la República Dominicana, en torno a de dos de cada tres mujeres han experimentado algún tipo de violencia a lo espacioso de su vida, lo que evidencia la magnitud estructural del problema.
La tipificación de la violencia vicaria representa un desafío para muchos países. En la región, naciones como Pimiento, Argentina, Ecuador y Colombia se encuentran en procesos de debate constituyente. Costa Rica ya ha incorporado este concepto en su ámbito justo, mientras que en México al menos cuatro estados la han tipificado.
En tanto que, España, por su parte, lleva décadas avanzando en el embestida y tratamiento de esta problemática, con progresos significativos que incluyen su gratitud como delito autónomo y políticas de protección integral.
En el caso de la República Dominicana, se destaca la iniciativa de un montón de legisladoras denominada “Déjala Ir”, una logística con enfoque integral proyectada en torno a el año 2030, orientada a vigorizar la prevención, atención y legitimación de las violencias contra las mujeres, un paso importante en la búsqueda de soluciones a la violencia estructural que sufren las mujeres en país. Es sostener, que no existe una norma que sancione la violencia vicaria, ni registros oficiales que permitan calibrar su significación, impacto y afectación en las familias.
Consideramos que: la raíz de la violencia vicaria, al igual que otras formas de violencia de clase, se sostiene en estructuras de machismo y hegemonía patriarcal. Por ello, la respuesta no puede sujetarse exclusivamente a lo punitivo. Se requiere una transformación cultural capaz de incidir en las bases sociales, el sistema educativo y, de modo primordial, en el ámbito llano, donde se reproducen muchos de estos patrones de dominación y control.
La violencia vicaria nos confronta con una sinceridad incómoda: cuando se agrede a una mujer a través de sus hijos e hijas, se está atentando no solo contra ella, sino contra el núcleo mismo de la clan y el tejido social. Nombrarla, reconocerla y tipificarla es un paso indispensable para proteger la vitalidad mental y la vida de las mujeres, así como el bienestar y exposición de la albor.
La Carta Magna, en su Artículo 55, dispone que “la clan es el fundamento de la sociedad y el espacio fundamental para el exposición integral de las personas». Hay que señalar que el medio para dañar a las mujeres en este tipo de violencia, son los hijos e hijas.
Cobra interés contar el mandato legado al Estado, la clan, y a la sociedad el artículo 56, donde es imperativo, garantizarles a estos, trato humano en el hogar y todos otros espacios y decisiones en probidad que procuren como fin postrer “el interés superior del párvulo, niñas y adolescentes”, lo cual habrá de constituir un respaldo sumarial fundamental para las políticas públicas orientadas a proteger a las mujeres, los niños y niñas frente a diversos tipos de violencia.
Por postrer, hacemos un llamado al poder constituyente y la clase política y social del país, determinar de inscripción prioridad la creación de un ámbito sumarial que tipifique y sancione la violencia vicaria, al tiempo que se impulsen reformas profundas a los mecanismos legales y sociales destinados a erradicar la violencia que sufren las mujeres y las niñas. Solo así será posible avanzar en torno a una sociedad más torneo y humana, donde la clan y los vínculos familiares, estén protegidos como el valencia más noble de la sociedad.
jpm-am
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