
SANTO DOMINGO. – El Profesión de Trabajo hizo el calendario oficial de días feriados correspondientes al año 2026. En cumplimiento de la Ley 139-97, la institución informó que se realizarán tres traslados de momento, lo que generará igual número de fines de semana largos para la fuerza profesional dominicana.
De acuerdo con el cronograma oficial, los feriados que serán movidos son:
- Día de los Santos Reyes: El martes 6 de enero se trabaja y el feriado se traslada al lunes 5 de enero.
- Día del Trabajo: El viernes 1 de mayo es lectivo y el refrigerio se mueve al lunes 4 de mayo.
- Día de la Constitución: El viernes 6 de noviembre se trabaja y el feriado se cambia para el lunes 9 de noviembre.
Fechas inamovibles
El Profesión aclaró que las festividades religiosas y patrias de longevo trascendencia no sufrirán cambios. El año iniciará con el feriado de Año Nuevo, el jueves 1 de enero.
En enero, asimismo permanecerán invariables el Día de Nuestra Señora de la Altagracia (miércoles 21) y el celebración de Juan Pablo Duarte (lunes 26).
Asimismo, se mantienen en sus fechas originales:
- Independencia Doméstico: Viernes 27 de febrero.
- Viernes Santo: Viernes 3 de abril.
- Corpus Cristi: Jueves 4 de junio.
- Día de la Restauración: Domingo 16 de agosto.
- Día de las Mercedes: Jueves 24 de septiembre.
- Día de Navidad: Viernes 25 de diciembre.
Entorno Lícito
La institución recordó que estas disposiciones se amparan en la Ley No. 139-97, actual desde junio de 1997, la cual ordena el traslado de los feriados que coincidan con martes, miércoles, jueves o viernes, menos las excepciones establecidas por la misma constitución o sentencias posteriores.
El documento oficial con el desglose completo de las fechas está habitable para descarga en el portal institucional www.mt.gob.do y en las redes sociales del Profesión, siendo de aplicación obligatoria para todos los establecimientos del país.







