
Representantes del Servicio Manifiesto I Foto: PGR
El Servicio Manifiesto informó este miércoles que someterá un arbitrio de apelación en rechazo a la medida de coerción que la jueza Yerixa Cabral de la Cruz, de la Oficina Contencioso de Servicios de Atención Permanente en Santiago, impuso a cuatro miembros del Instituto Leonardo Da Vinci imputadas por el homicidio involuntario de la pupila Stephora Anne- Mircie Joseph, de 11 primaveras de tiempo, fallecida en la hacienda Los Caballos, en Gurabo, durante una excursión organizada por el centro educativo.
El víscera acusador solicitó la imposición de una aval económica por un monto de 50 millones de pesos a cada una, a través de una compañía aseguradora, impedimento de salida del país sin previa autorización sumarial, presentación periódica por delante el Servicio Manifiesto y colocación de localizadores electrónicos.
El tribunal respondió imponiendo una aval económica de 500 mil pesos mediante una compañía aseguradora, presentación periódica e impedimento a salir del país contra Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo Leonardo Da Vinci; Francisca Josefina Tavarez Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario.
Entre tanto, el juez ordenó la albedrío sin imponer medidas de coerción a gracia de Gisela Altagracia de las Mercedes González Suerte, coordinadora común y asesora del equipo directivo.
El Servicio Manifiesto reiteró que las medidas de coerción que solicitó son las más idóneas y proporcionales con los hechos imputados a las cuatro procesadas, por lo que se abocará a apelar esta intrepidez.
“No estamos conformes con la intrepidez; nos enfocamos ahora en percibir la notificación con la intrepidez para presentar el arbitrio correspondiente”, dijo tras su salida de la sala de audiencias la procuradora de corte Olga Diná Llaverías, responsable de la Dirección Doméstico de Niños, Niñas, Adolescentes y Clan (Dinnaf).
Yuxtapuesto a Llaverías subió todavía en representación del Servicio Manifiesto, la fiscal titular de Santiago, Quirsa Abreu Peña, y la fiscal Yarily Toribio.
El caso ha recibido la calificación jurídica de homicidio involuntario, que constituye una violación al artículo 319 del Código Penal dominicano. De igual forma, le fue otorgada la calificación de renuncia y maltrato a niños, niñas y adolescentes, por conducta típica al contenido del artículo 351-2 del Código Penal dominicano. La conducta de las imputadas todavía es típica al contenido del artículo 14 de la Ley 136-03, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Sobre los hechos
La asesinato de la pupila se produjo el pasado 14 de noviembre en una de las piscinas de la hacienda Los Caballos, a donde fue trasladada en una excursión próximo a otros alumnos del Instituto Leonardo Da Vinci, emplazado en la Carretera Don Pedro, en Santiago de los Caballeros.
El Servicio Manifiesto tiene evidencias de que movilizaron a 87 niños solo con 3 cuidadoras, sin tener en cuenta las medidas de seguridad y la profundidad de las piscinas del oficio, sin ocurrir llevado flotador, ni preguntado a los padres o tutores si los niños sabían o no nadar, adicionalmente de que siquiera requirieron chalecos flotador.
Asimismo, asegura que ha podido evidenciar en un vídeo que hubo negligencia extrema con respecto a las cuidadoras que tenían la obligación de Sthepfora, así como de las personas que intervinieron en la estructura del paseo.




