MP solicita 5 primaveras de prisión por injusticia sexual pueril

  • La Corte de Apelación de Puerto Plata se reservó el veredicto para el próximo 9 de diciembre

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Empleo Manifiesto solicitó a la Corte de Apelación de Puerto Plata que imponga cinco primaveras de prisión a Wander Samuel Franco Aybar, condenado en primera instancia a dos primaveras por atropellar psicológica y sexualmente de una adolescente.

Los fiscales litigantes Claudio Alberto Cordero Jiménez y José Martínez Montán, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata, todavía solicitaron a la corte repeler parcialmente el medio de apelación presentado por la mamá de la adolescente contra la sentencia que le condena a 10 primaveras de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos, así como al cuota de una multa de 30 salarios mínimos y el incautación de varios haberes.

Los representantes del Empleo Manifiesto formularon la solicitud frente a los jueces del tribunal de apelación Onasis Pelegrín, Xiomara Tineo y Juan Suardi, quienes se reservaron el veredicto para el próximo 9 de diciembre de 2025, a partir de las 9:00 de la mañana.

El Empleo Manifiesto pidió al tribunal que dicte su propia sentencia e imponga a Franco Aybar una condena de cinco primaveras de prisión por injusticia sexual pueril en correspondencia con los hechos punibles que cometió.

Lea más: Wander Franco y sus dramáticos altibajos

Respecto a la procesada solicitó que la corte dicte su propia audacia en relación a la motivación, para que sea más amplia en lo relativo al lavado de activos con la explotación sexual como delito precedente.

La corte conoció los fortuna, incluyendo el presentado por el Empleo Manifiesto, contra la sentencia dictada el pasado 27 de junio por el Tribunal Colegiado del Distrito Legal de Puerto Plata, integrado por los jueces Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez.

Franco Aybar fue condenado en primera instancia a 2 primaveras de prisión, bajo suspensión de la pena, así como al cuota de 10 salarios mínimos y las costas penales del proceso.

El procesado fue hallado culpable de violar el artículo 396, cultura b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

El tribunal en primera instancia impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida deberá cumplir la pena en prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.

Mientras que la mamá de la víctima fue condenada a cumplir 10 primaveras de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, al establecer el tribunal, con almohadilla en las pruebas aportadas por el Empleo Manifiesto, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.

Adicionalmente, la sentencia establece el cuota de una multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.

Asimismo, como solicitó el víscera acusador, se ordenó el incautación de los siete haberes que les fueron incautados a la procesada, incluyendo un solar enclavado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados, un carro del año 2023, un depósito bancario de RD$2,100,000, así como la suma de 68 mil 500 dólares americanos y 800 mil pesos dominicanos.

Igualmente, los equipos celulares y todos los títulos colocados en la cuenta de la mamá de la víctima, que fueron inmovilizados por el Empleo Manifiesto en virtud de una orden específico y autorización contencioso. De igual forma, le ordena el cuota de las costas penales del proceso.

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