
SAN FRANCISCO DE MACORIS. – El senador por la provincia Duarte, Franklin Romero, destacó este viernes, que la incorporación de dispositivos telemáticos en delitos de violencia de tipo, iniciativa de su autoría que fue aprobada en la nuevo modificación del Código Penal, con el objetivo de precaver, y sancionar, es fundamental para erradicar el feminicidio, y por ende la violencia contra las mujeres en el país.
Romero, hizo el señalamiento al presentarse el pasado lunes una reforma en el Congreso Doméstico, la cual rebusca frenar los feminicidios y los filicidios en el país, el segundo de la región con veterano tasa de asesinatos contra las mujeres.
La reforma, bautizada como ‘Déjala ir’, y que el Congreso Doméstico considera «sin precedentes», rebusca someter los feminicidios y filicidios para 2030 y erradicarlos completamente en 2035.
El congresista aseveró en torno a su propuesta presentada durante el estudio de modificación del Código Penal, que dichas medidas ofrecen la oportunidad de habilitar al mediador, para que cuando lo estime necesario y mediante una resolución debidamente motivada, pueda disponer el uso de dispositivos de vigilancia telemática, tales como brazaletes, tobilleras, pulseras u otros capital electrónicos con geolocalización, a fin de alentar el cumplimiento de dichas órdenes restrictivas, especialmente en situaciones de suspensión aventura para la integridad de la persona afectada.
Igualmente, Romero, propuso durante la discusión de la importante aposento legislativa, amplificar un párrafo al artículo 130 del Código Penal, los Tipos de Órdenes de Protección, para permitir a la autoridad contencioso debidamente a disponer, cuando entienda pertinente y mediante resolución sustentada, el uso de dispositivos de vigilancia telemática en de violencia doméstica, intrafamiliar o de tipo.
Entre los tipos de órdenes de protección propuestos por el senador Franklin Romero, las cuales buscan proteger a la victima de sus eventuales agresores están:
1) Orden de privarse de incomodar, intimidar o amenazar a la víctima interferir en la cuidador o custodia provisional o definitiva acordada en virtud de la ley o de una orden contencioso;
2) Orden para impedir que el imputado se acerque al empleo de residencia trabajo de la víctima o a los lugares frecuentados por esta;
3) Orden para impedir que el imputado establezca cualquier tipo de contacto con la víctima;
4) Orden de desalojo temporal del imputado del hogar para precaver ocurrencia de actos de violencia similares a los que se le imputan;
5) Orden para impedir que el imputado traslade del empleo o residencia donde encuentran los hijos comunes que tenga con su pareja, conviviente ex conviviente, sin el consentimiento previo y formal de esta o este;
6) Orden que le otorga a la víctima la custodia temporal de los hijos procreado con el imputado;
7) Orden al imputado de reponer cualquier proporcionadamente que le haya destruido ocultado a la víctima;
8) Orden de internamiento de la víctima en un empleo de acogida o refugio, notorio o privado; Código Penal de la República Dominicana.
9) Orden de suministrar en provecho de la víctima los servicios de sanidad que esta requiera, así como los servicios de orientación para su tribu, cargo del organismo notorio o privado apto para ello, que se estimen necesarios;
10) Orden al imputado de rendir cuentas sobre su sucursal de los haberes o negocios que tiene o ha tenido en popular con la víctima;
11) Orden para impedir al imputado la enajenación, disposición, ocultación traslado de los haberes que tiene en popular con la víctima o de aquellos que son de la propiedad monopolio de esta.
Con la aplicación de estas medidas, Romero aseguró que las mujeres víctimas de violencia de tipo, tendrían una protección efectiva por parte del Estado Dominicano.






