La difusión no autorizada de imágenes íntimas vuelve a poner en evidencia una destreza perversa que se ha ido normalizando en el país por la desliz de sanciones efectivas, a pesar de que la estatuto actual las contempla claramente. Esta vez, la víctima es un diputado chavea, cuya vida privada fue expuesta sin su consentimiento.
Más allá de opiniones personales sobre su conducta o preferencias, el Estado de derecho tiene un claro principio en el respeto a la intimidad.
El hecho, si ocurrió, tuvo circunstancia entre adultos, en un espacio privado, y bajo consentimiento. Eso coloca al afectado en la posición de víctima de un acto ilegal y moralmente repudiable.
La condición de figura pública no despoja a nadie de sus derechos constitucionales. Ser político, comediante o funcionario no implica la pérdida de la protección legítimo sobre la vida privada. Nuestra estatuto sanciona el exhibicionismo en espacios públicos, pero incluso protege la intimidad cuando esta ocurre en lugares privados.
Memorizar y difundir sin autorización este tipo de imágenes es un delito, y persistir la impunidad sólo garantiza que prácticas como esta se repitan con otras personas, sin importar su posición social o política. Lo preocupante no es sólo lo que le ocurre a un diputado, sino lo que puede ocurrirle a cualquier persona si este tipo de violaciones queda sin consecuencias.
En circunstancia de encauzar el debate en la figura del afectado, el Estado y la probidad deben concentrarse en perseguir y sancionar al responsable de la vídeo y difusión.
No hacerlo enviaría el peligroso mensaje de que en República Dominicana cualquiera puede vulnerar la intimidad de otro sin consecuencias.
El respeto a la privacidad es un pilar de las libertades individuales. Protegerla es un deber legítimo y tolerante.






