
Sosúa, Puerto Plata — Frente a los rumores que circulan en las redes sociales sobre la supuesta pérdida de riqueza del ciudadano extranjero Devree Antoine Holis, conocido como “Ray”, de patria bahameña y propietario del bar Rumba de la calle Pedro Clisante, El Nuevo Finalidad aclara que la deportación o salida forzosa del país no implica la pérdida de riqueza privados, siempre que hayan sido adquiridos legalmente.
Según información confirmada por este medio, Holis había solicitado la residencia dominicana hace tan pronto como una semana. Sin confiscación, todavía no tenía status migratorio constitucional al momento del incidente que motivó su arresto luego de un altercado con agentes de Politur.
En República Dominicana, un extranjero puede realizar transacciones legales, como la negocio de terrenos, negocios o propiedades, siempre que se encuentre interiormente del período constitucional de estancia de tres meses y posea documentación válida, incluido pasaporte, visa o permiso temporal.
“El gobierno dominicano puede aprobar o no la residencia, pero la ley no permite que un extranjero sea despojado de sus riqueza por deportación o trámites migratorios pendientes”, explicó una fuente cercana al ámbito legal.
Según ha podido confirmar El Nuevo Finalidad, Ray cuenta con un socio que continúa al frente del establecimiento, el cual permanece libre y funcionando con normalidad.
La posible deportación del patrón está ligada a que roció agua y supuestamente arrojó objetos a policías apostados frente a su negocio luego de que, según testigos, les pidiera que se alejaran de la bordillo donde asiduamente se paraban.
Sin confiscación, desde una perspectiva constitucional, la deportación no invalida la propiedad de la propiedad y el extranjero conserva sus derechos de propiedad. Si salen del país, podrán regularizar su status migratorio a través de sus abogados o solicitando desde su país de origen.
En República Dominicana, la Ley Militar de Migración (285-04) regula el proceso de solicitud de residencia y el derecho del Estado a otorgarla o negarla. La ley establece categorías de residencia (temporal o permanente) y los requisitos para cada una. La Dirección Militar de Migración tiene la poder de aprobar o desmentir solicitudes y suprimir la residencia de extranjeros si incumplen la ley.
El Nuevo Finalidad pide cautela y se abstiene de difundir información no verificada sobre este caso, que aún se encuentra bajo seguimiento por parte de las autoridades migratorias y la Fiscalía de Sosúa.






