Reglamento Cambiario deja inalterable monto de reporte

El nuevo Reglamento Cambiarioratificado recientemente por la Concilio Monetariadejó inalterable el monto de las transacciones de importación y traspaso de divisas que están obligados a reportar las entidades de intermediación financiera y los intermediarios cambiarios, luego de que desde el Cárcel Central de la República Dominicana (BCRD) se informara una reducción.

En el documento, publicado este martes por el BCRDse pone como monto de reporte un valencia igual o superior a los 15,000 dólares o su equivalente en moneda doméstico, monto que la institución monetaria y financiera comunicó que sería de 10,000 dólares o igual cantidad de euros, los cuales debían ser notificados a través de la plataforma electrónica de negociación de divisas.

El pasado 11 de septiembre, a través de un comunicado de prensa, el Cárcel Central informó que todas las operaciones de importación y traspaso de divisas mayores a 10,000 dólares y 10,000 euros “deberán ser reportadas al Cárcel Central a través de la plataforma electrónica de negociación de divisas”.

Lás entidades de intermediación financiera y los intermediarios cambiarios están obligados a reportar la información de forma separada, incluyendo los nombres y las direcciones de los pagadores y los beneficiarios, y con qué se relaciona el plazo, conforme se establezca en el instructivo correspondiente, estableció.

“Las entidades de intermediación financiera y los intermediarios cambiarios estarán obligados a requerir a sus clientes la información que estos les requieran concerniente a los pagos, para sus informes a la Superintendencia de Bancos y a confirmar la verdad de la información declarada”, precisó.

De acuerdo con uno de los considerandos, con el reglamento se indagación ampliar el universo de instituciones participantes en la Plataforma Cambiaria del BCRD.

  • Sobre el particular, el administrador del tira, Héctor Valdez Albizu, agregó que la incorporación de un longevo número de participantes en la plataforma “permitirá una longevo visibilidad sobre las operaciones del mercado cambiario, al advertir en tiempo verdadero información más completa sobre precios y volúmenes transados, conforme a los principios de transparencia, eficiencia y efectividad que sustentan la política cambiaria”.

En la nueva reglamento se sugirieron incorporar medidas específicas para proporcionar la ajuste de los intermediarios cambiarios y de los bancos de peculio y crédito a los nuevos requerimientos.

Sanciones

Con el reglamento, se faculta al Cárcel Central a sancionar y suspender las operaciones cambiarias de los participantes autorizados a través de la plataforma de negociación de divisas que incurran en prácticas contrarias a la reglamento, en particular, aquellos vinculados a los márgenes cambiarios.

Las infracciones tipificadas como muy graves tendrán multas de hasta 10 millones de pesos, entre las que se incluyen resistirse o negarse a la inspección del BCRD o de Superintendencia de Bancosincumplir la obligación de someter sus operaciones anuales a una auditoría externaentre otras.

Mientras, que las faltas calificadas como graves tendrán una legitimación de hasta 2.5 millones de pesos y las leves de hasta 500,000 pesos. Con relación a la primera, una infracción de ese tipo será incumplir con la publicación o la remisión de los estados financieros auditados o realizar prácticas abusivas con los clientes y el incumplimiento de los deberes de transparencia con el manifiesto.

Periodista especializado en finanzas y finanzas. Desde 2012, ejerce la profesión en diversos medios de comunicación.

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