El autor es economista, Reside en Punta Cana.
Por Rafael Ramirez Medina
En la República Dominicana, el sistema tributario ha sido moldeado por crisis y parches. En repetidas ocasiones se han creado impuestos presentados como “transitorios” o de “emergencia”, con la promesa de que serían desmontados una vez superada la coyuntura. Sin secuestro, el tiempo ha demostrado que lo transitorio se convierte en permanente.
Un ejemplo claro es el 10% del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) perseverante a los servicios de telecomunicaciones. Este obligación surgió en la reforma tributaria de 2004 (Ley 288-04) y fue reafirmado en la Ley 253-12. Su propósito era apoyar las finanzas públicas en momentos de adeudo, pero dos décadas luego, sigue cargando a los usuarios.
A este 10% se suma el 18% del ITBIS y. el 2% de la Contribución al Crecimiento de las Telecomunicaciones (CDT), creada en la Ley 153-98 para financiar proyectos en comunidades remotas Lo que nació con un fin social, con el tiempo ha perdido rumbo, pues una parte de lo recaudado ha sido redirigida al Fisco Doméstico.
El resultado es que cada bollo de telefonía, internet o cable incluye más de un 30% en impuestos. En un país donde la conectividad es esencial para la educación, el trabajo y la competitividad, esta carga resulta injusta y contraproducente.
Otro caso ilustrativo es el Impuesto sobre la Renta (ISR) para las empresas, que hoy permanece en un 27%. La Ley 253-12 lo fijó con el compromiso de reducirlo gradualmente. Sin secuestro, ese desmontaje nunca ocurrió y la tasa sigue siendo una de las más altas de la región.

La permanencia de este 27% no solo incumple una promesa, asimismo desincentiva la inversión y limita la competitividad del sector productivo. Lo que se justificó como una salida temporal en medio de la crisis fiscal, hoy es una carga estructural del sistema tributario.
El impuesto a cheques y transferencias es otro ejemplo de tributo transitorio que se quedó. Creado para atender deposición fiscales coyunturales, guijo con un 0.005 cada operación bancaria. Décadas luego, se mantiene incólume, afectando tanto a personas como a empresas.
Este impuesto bancario es particularmente recesivo. No distingue entre quienes mueven grandes capitales y quienes hacen operaciones pequeñas. En uno y otro casos, representa un costo adicional que limita la inclusión financiera y encarece la actividad económica cotidiana.
Anticipado
A estos tributos se suman los famosos anticipos del ISR, que ahogan a las pequeñas y medianas empresas. En su origen, fueron concebidos como un mecanismo de adelanto de impuestos, pero en la actos se transformaron en un obstáculo para el flujo de caja de los emprendedores.
El patrón se repite, medidas justificadas como provisionales se integran al presupuesto doméstico y se vuelven permanentes. En área de desaparecer cuando las causas iniciales se superan, se convierten en ingresos fijos que el Estado ya no está dispuesto a soltar.
El problema de fondo es la desatiendo de voluntad política para desmontar lo que ya cumplió su propósito. En otros países, los impuestos extraordinarios tienen cláusulas de caducidad cibernética, lo que obliga a revisarlos y eliminarlos a excepción de que el Congreso decida lo contrario. Aquí, simplemente se eternizan.
Es hora de que el país revise con seriedad estos impuestos heredados. Nosotros los dominicanos merecemos un sistema fiscal más adaptado, transparente y válido. Eliminar los gravámenes que nacieron transitorios y nunca se desmontaron no es un capricho, es un paso indispensable alrededor de un maniquí tributario que fomente el mejora, en área de castigarlo.
Jpm-am
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