
Foto: Senado RD
El Senado de la República aprobó en primera lección el Tesina de Ley que regula el Retención Retentivo en la República Dominicana, iniciativa de los senadores Ricardo de los Santos, Cristóbal Venerado Castillo y Antonio Manuel Taveras Guzmán.
La propuesta establece que “se consideran objeto del bloqueo los créditos y los intereses muebles que son afectados por el bloqueo retentivo”.
Asimismo, señala que esta figura admitido aplica a los intereses comprendidos en el mercado de títulos y intereses muebles similares, incluyendo productos financieros de cualquier índole, sin perjuicio de los intereses incorporales, registrados o no, conforme al capítulo IV de la ley.
La iniciativa precisa que los actos de procedimiento para trabar embargos retentivos, bajo pena de sedición según lo dispuesto en el título II, capítulo I, de la ley, solo pueden afectar un mayor de diez créditos por acto.
En su primer considerando, el tesina indica que el bloqueo retentivo es el procedimiento mediante el cual un merecedor afecta sumas y intereses muebles propiedad de su deudor que se encuentren en posesión de un tercero al momento de la realización del bloqueo. Añade que este procedimiento se realiza con el objetivo de conservar y ejecutar un crédito cierto, transparente y exigible.







