SIPEN autoriza a AFP Reservas el cerradura de cinco oficinas, incluyendo la de San Francisco de Macorís

SIPEN autoriza a AFP Reservas el cerradura de cinco oficinas, incluyendo la de San Francisco de Macorís

SANTO DOMINGO– La Superintendencia de Pensiones (SIPEN) autorizó a la Administradora de Fondos de Pensiones Reservas, S.A. (AFP Reservas) el cerradura permanente de cinco de sus oficinas de atención al conocido a nivel doméstico, entre ellas la sucursal ubicada en el municipio de San Francisco de Macorís, provincia Duarte. La medida fue oficializada mediante la Resolución SIPEN Núm. 499-25, firmada por el superintendente Francisco Alberto Torres Díaz.

La valor, según detalla la resolución, se fundamenta en el éxito que ha tenido AFP Reservas en el fortalecimiento de sus canales alternativos de atención. Esta modernización en los servicios ha provocado una «reducción significativa en el flujo de afiliados y beneficiarios que acuden a sus oficinas», lo que llevó a la administradora a reevaluar la viabilidad operativa y financiera de ciertas localidades.

Adicionalmente de la oficina de San Francisco de Macorís, ubicada en la calle Grieta vértice 27 de Febrero, la disposición incluye el cese de operaciones en las sucursales de Azua, Barahona, Bávaro (Plaza Verón Center) y Puerto Plata.

La solicitud para estos cierres fue presentada por AFP Reservas el pasado 1 de junio de 2025, tras realizar una evaluación integral que consideró la afluencia de visitantes, el cuerpo de trabajo y los costos operativos asociados a su red de oficinas. El exploración concluyó que era viable proceder con el cerradura de las cinco sucursales mencionadas.

Con esta autorización, la resolución 499-25 deroga y deja sin sorpresa las resoluciones anteriores que en su momento permitieron la tolerancia de estas oficinas, como las número 445-21, 446-21 y 477-23.

Como parte del proceso, AFP Reservas deberá divulgar un extracto de la resolución en un diario de circulación en cada una de las comunidades afectadas y en medios digitales. Este aviso deberá realizarse con al menos treinta (30) días hábiles de anticipación a la vencimiento efectiva de cerradura, para respaldar que los afiliados estén debidamente informados.

La Superintendencia de Pensiones es la entidad estatal autónoma encargada de velar por el cumplimiento de la Ley 87-01, proteger los intereses de los afiliados y atender la solvencia financiera de las AFP en la República Dominicana.

https://www.sipen.gob.do/documentos/norm_resolucion_sipen_499_25.pdf

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