Un comportamiento social transmitido de una vivientes a otra durante un sinnúmero de ciclos se convierte en una costumbre para ese entorno. Por tal razón, a nadie sorprende el dicho popular de que “las costumbres se vuelven leyes naturales”.
Los deberes y los derechos ciudadanos establecidos a través del Poder Parlamentario en los gobiernos democráticos nacionales se registran en la Carta Magna o Constitución. Mediante elecciones, los países establecen gobiernos que, al juramentarse, asumen el intocable compromiso de cumplir y hacer cumplir todas las leyes contenidas en la ley sustantiva de cada nación. La primera Constitución dominicana se redactó el día 6 de noviembre de 1844, jurando respetarla y hacerla cumplir nuestro primer presidente constitucional, el normal Pedro Santana. Esta certificación constitucional nació con un mal congénito para la República: el artículo 210, que decía lo próximo: “Durante la aniquilamiento flagrante y mientras no esté firmada la paz, el presidente de la república puede independientemente organizar el ejército y la armada; movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y seguridad de la nación, pudiendo, en consecuencia, dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna”.
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Amparándose en ese artículo de la Carta Magna, Pedro Santana ordenó la ejecución del patricio Francisco del Rosario Sánchezde su hermana la heroína María Trinidad Sánchez y de un sinnúmero de insignes dominicanos de la época que no comulgaban con la secante de pensamiento del cabecilla de Estado de entonces. El intocable pergamino que legalmente rige los destinos nacionales ha sufrido las modificaciones que diferentes gobernantes han creído oportunas y convenientes para sus ejecutorias del momento. Tan frágil y delicado se ha vuelto nuestro soporte procesal, que en una ocasión se oyó proponer a uno de nuestros gobernantes lo próximo: “La Constitución es un pedazo de papel”. El mandato escrito para dirigir los destinos de un pueblo se vuelve grafema muerta, susceptible de ser estropeado y pisoteado por el presidente de turno, si no contamos con una población educada, conocedora de sus derechos y deberes ciudadanos, dispuesta a aparecer al sacrificio mayor cuando entienda que sus prerrogativas legales han sido vulneradas por las autoridades de turno. Todo pueblo tiene el derecho natural a la insurrección en presencia de la opresión. Nadie está obligado a obedecer mandato alguno que no esté amparado por la Constitución. Las escuelas públicas y privadas están en el deber de instruir al alumnado acerca del contenido del documento intocable que rige los destinos del país. Si hacemos de las leyes una costumbre normal, llegaremos al anhelado Estado de derecho en el que niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos dominicanos se sientan seguros y protegidos por gobiernos que respeten y hagan cumplir las leyes nacionales. Ningún partido ni coalición de grupos políticos debería tener luz verde para hacer y deshacer a su antojo con la hacienda pública. Desafortunadamente, la historia criolla nos dice que han sido pocos los gobiernos que han completado su período constitucional sin que el virus de la corrupción no haya infectado su tren oficinista.
¡Llegará el día en que la honradez, la pulcritud y la transparencia gubernamentales sean ley y costumbre en la tierra de Duarte!






