Olivo Rodríguez advierte a funcionarios sobre castigos

Santo Domingo.– El abogado y profesor de Derecho Chupatintas Olivo Rodríguez Huertas advirtió este miércoles a los funcionarios públicos sobre la importancia de conocer a profundidad el nuevo Código Penal de República Dominicana, correcto a que amplía significativamente el número de conductas consideradas delitos penales en el examen de la función pública.

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Al participar en el Tentempié Semanal del Orden de Comunicaciones Corripio, Rodríguez Huertas explicó que el nuevo cuerpo justo tipifica como ilícitos penales una amplia gradación de inconductas administrativas, lo cual podría tener importantes consecuencias legales para aquellos que incumplan sus deberes éticos y legales.

“A los funcionarios les conviene leerse admisiblemente el Código Penal, porque se amplía enormemente el pericón de inconductas que ahora quedan tipificadas como delitos y pueden suscitar consecuencias penales”, puntualizó.

El catedrático igualmente señaló que históricamente en el país han sido escasas las condenas contra funcionarios públicos, correcto a lo que calificó como una débil voluntad política y social para carear el engendro de la corrupción.

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El nuevo Código Penal incluye en su artículo 284 una definición amplia de corrupción pública, estableciendo sanciones para aquellos funcionarios que, aprovechándose de su posición, obtengan beneficios económicos ilícitos, mal utilicen riqueza públicos o realicen actos antijurídicos en el examen de sus funciones.

Lás sanciones por corrupción están organizadas en escalas, según el monto del perjuicio. Si el valía involucrado no supera los vigésimo salarios mínimos del sector sabido, el infractor podrá carear de tres a cinco primaveras de prisión y multas de cuatro a diez veces el monto defraudado.

En casos donde las sumas superen los mil salarios mínimos, las penas pueden ascender hasta vigésimo primaveras de prisión y la inhabilitación para instalarse cargos públicos por hasta treinta primaveras.

Por otra parte de la corrupción, el nuevo Código Penal contempla otros delitos como la coalición de funcionarios (artículo 287), el examen ilegal de funciones tras ser destituido (artículo 288), la concusión (artículo 289), la celebración irregular de contratos públicos (artículo 290), el cohecho activo y pasivo (artículos 291 y 292), y el tráfico de influencias (artículos 293 y 294).

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El articulado igualmente castiga el ganancia ilícito (artículo 297), definiéndolo como el incremento patrimonial que no pueda ser justificado de forma lícita durante o posteriormente del examen del cargo, incluyendo cancelaciones de deudas u consecución de riqueza sin origen justo claro.

Las penas en estos casos pueden incluir prisión viejo de hasta diez primaveras, multas de hasta vigésimo veces el monto defraudado y la pérdida de derechos políticos y administrativos durante décadas.

La entrada en vigor del nuevo Código Penal marca un ayer y un posteriormente en la lucha contra la corrupción y la impunidad en la despacho pública dominicanasegún destacan juristas y sectores de la sociedad civil que impulsaron su aprobación.


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