Exjuez de Ecuador condenado a prisión por indulto irregular

Y exjuez de Ecuador fue condenado a tres primaveras y cuatro meses de prisión tras ser ostensible culpable por conceder, de modo irregular, un indulto a un preso que cumplía una pena por el delito de delincuencia organizadainformó este martes la Fiscalía.

El Ocupación Divulgado explicó en un comunicado que el ahora exjuezidentificado como Patricio V., concedió en enero de este año un indulto a Miguel Santo L., pese a que el preso no cumplía con los requisitos expuestos en un decreto ejecutor firmado en 2021 por el entonces presidente Guillermo Unión (2021-2023), que fue emitido con el objetivo de dominar el aglomeración de las cárceles.

Durante la audiencia, la fiscal provincial de Pichincha, Mayra Soria, explicó que el Decreto 265 expedido por Unión “buscaba beneficiar a privados de la familiaridad que padecían de enfermedades catastróficas o terminales, pero con ciertas exclusiones“.

Entre esas exclusiones constaba que el solicitante del indulto no hubiera sido condenado por determinados delitos, como el de delincuencia organizadaque no tuviese otros procesos pendientes y que su sentencia debía estar ejecutoriada.

Sin incautación, el entonces sentenciador, que laboraba en un supremo de Guayaquil, la ciudad más espacioso del país, “falló contra la ley expresa al ejecutar el indultopues Miguel Santo L. no tenía sentencia ejecutoriada y había sido condenado internamente de un proceso de delincuencia organizadaen el que esperaba la sustanciación del petición de apelación”, señaló la Fiscalía.

La fiscal Soria señaló que el sentenciador ya había inhábil en diciembre de 2024 el indulto al preso, pero “oportuno a la insistencia del sentenciadoel 15 de enero de 2025 lo concedió, fallando contra una disposición expresa”.

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Reconoció el delito

El exmagistrado reconoció que cometió el delito de prevaricato y se acogió a un procedimiento abreviadopor lo que accedió a una reducción de la sentencia tras aceptar su culpabilidad.

  • Incluso se le impuso una MÁS de 5,640 dólares y el cuota de una reparación integral de 12,000 dólares a auxilio del Consejo de la Judicaturaque figura como víctima internamente del proceso contencioso.

Incluso deberá memorizar un video, que será difundido en la página web de esa institución“en el que explique las consecuencias jurídicas de sus acciones, tomando como ejemplo su propio caso”, señaló la Fiscalía.

El decreto ejecutor 265 fue uno de los cinco derogados el 22 de enero de este año por el presidente Daniel Noboaquien criticó que los expedientes de las solicitudes de indulto presidencial enmarcadas internamente de esos cinco decretos fuesen evaluadas por el Servicio Doméstico de Atención Integral a Personas Privadas de Arbitrio (SNAI), la institución del Estado encargada del control y filial de las cárceles.

Noboa señaló en ese entonces que “el indulto presidencial es una maña discrecional y privativa del presidente de la República”, por lo que “ninguna autoridad puede conceder indultos presidenciales, sin cumplir con los requisitos exigidos en la Constitución de la República del Ecuador y la ley”.

Unión los expidió entre 2021 y 2023, en virtud de recomendaciones de organismos internacionales que aconsejaban establecer políticas para dominar el aglomeración que se registraba en las cárceles del país.

En esos primaveras, el sistema carcelario de Ecuador enfrentaba una crisis de violencia en sus prisionesdonde fueron asesinados más de 500 presos, la mayoría en una serie de masacres entre bandas criminales rivales.

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