El AUTOR es abogado y político. Reside en Santo Domingo.
En la crepúsculo del 14 de agosto de 2025, el país despertó con la sentencia del caso «Antipulpo». Hubo titulares, discursos y triunfalismos. El Ocupación Conocido celebró parcialmente, señalando “luces y sombras” en la valor. Los vocingleros oficialistas pusieron todo su empeño en hacer que la opinión pública se quede con la imagen de un Alexis Medina condenado.
Pero detrás de esa novelística oficial hay un hecho que debería escandalizarnos aún más: rodeando de trece (13) personas fueron descargadas, posteriormente de acaecer sido arrastradas durante abriles por un proceso que ahora se revela infundado para ellas.
¿Quién paga por esa persecución injusta? ¿Quién se hace responsable de que esas personas fueran presentadas delante la sociedad como delincuentes, estigmatizadas en sus comunidades, arruinadas en lo profesional y en lo personal, y ahora simplemente “descargadas” como si mínimo hubiera pasado? El Ocupación Conocido, que pretende erigirse como estandarte en la lucha contra la corrupción, parece chapado contra sus propios errores y abusos.
Porque no hablamos aquí de un simple decreto probatorio, sino de acusaciones lanzadas sin pruebas significativas, sostenidas durante abriles, con medidas de coerción que afectaron libertades y patrimonios, y que ahora se caen por completo. Y, sin confiscación, ningún fiscal será investigado, procesado ni sancionado por acaecer actuado de esa forma.
Este es el banda ambiguo de la jurisprudencia mediática: las conferencias de prensa, las carpetas de colores, los apodos burlescos, y las imputaciones masivas que generan aplausos… hasta que llega el causa, y la sinceridad desnuda las debilidades, o la temeridad, del expediente. Pero entonces el daño ya está hecho.

Violación tranquilo
En cualquier Estado que se respete, someter injustamente a un ciudadano es una violación tranquilo de sus derechos fundamentales.
En la República Dominicana, debería ser un delito de atropello de autoridad y persecución temeraria, castigado con la misma severidad con que se persigue la corrupción. Pero aquí, cuando el Ocupación Conocido se equivoca o actúa con presteza, el costo lo paga la víctima, no el acusador.
Es hora de romper ese pacto tácito de impunidad. Un Ocupación Conocido independiente no solo debe tener poder para evidenciar, sino además estar sometido a control y rendición de cuentas cuando ese poder se utiliza mal. De lo contrario, la institución que juró defender la rectitud se convierte en la primera en pisotearla.
Porque en este caso, mientras unos celebran condenas, otros cargan con la cicatriz imborrable de una incriminación injusta. Y hasta que no tengamos un sistema que juzgue además al acusador, la jurisprudencia seguirá siendo coja, y el poder de perseguir seguirá siendo, peligrosamente, un poder sin castigo.
Nuestra Constitución y nuestras leyes prevén mecanismos para sancionar a fiscales que actúan con atropello de autoridad. Sin confiscación, la sinceridad es que estos mecanismos son lentos, opacos y muchas veces inoperantes.
Una jurisprudencia que no castiga el atropello desde adentro está condenada a perder legalidad. Y una sociedad que acepta pasivamente que el Ocupación Conocido actúe sin control, no debe sorprenderse cuando el miedo reemplace al respeto y la arbitrariedad sustituya al derecho.
En la República Dominicana necesitamos con necesidad un cierto contrapeso al Ocupación Conocido: un régimen de responsabilidad personal y directa que no solo contemple sanciones internas, sino además la obligación de indemnizar los daños ocasionados.
Porque el poder de evidenciar es uno de los más peligrosos que un Estado puede delegar, y si no se ejerce con rigor y honestidad, se convierte en un armamento de destrucción de vidas. Mientras eso no ocurra, el encabezamiento que reza “el Ocupación Conocido actúa en nombre de la sociedad” será, para muchos, una cruel ironía.
Jpm-am
Compártelo en tus redes:







