estafa millonaria con plan habitacional en Puerto Plata

La batalla procesal se originó tras una querella interpuesta por Dámaso Medrano Reyes, quien denunció la falsificación de su firma.

Puerto Plata.Un tribunal de Puerto Plata impuso medidas de coerción contra tres personas acusadas de participar en una estafa millonaria relacionada con el fallido plan habitacional “Paraíso Dorado”, que nunca fue construido pese a acontecer recibido inversiones.

La jueza Rosalba Francisco Parra, del Curia de la Instrucción de esta provincia, dictó como medidas el plazo de una seguro económica de un millón de pesos, presentación periódica e impedimento de salida del país contra el ciudadano castellano Jesús Pueblo Abian, el abogado Pedro Pablo Pérez y su esposa Griselda Antonia Calderón Taveras.

La batalla procesal se originó tras una querella interpuesta por Dámaso Medrano Reyes, quien denunció la falsificación de su firma en un poder caudillo que supuestamente autorizaba a su socio Jesús Pueblo Abian a ejecutar en su nombre en la mandato del plan “Paraíso Dorado”.

Lea igualmente: Servicio Sabido concluye presentación de testigos contra Desaliñado Cáceres y compartes

Según la imputación, ese documento, cuya autenticidad fue seguidamente desmentida por un peritaje del Instituto Doméstico de Ciencias Forenses (Inacif), fue utilizado para desviar fondos de inversionistas a través de las compañías Guztrade Srl y Condular Srl, creadas en conjunto con Pedro Pablo Pérez y Griselda Calderón.

El referencia pericial del Inacif, certificado No. DRN-075-2025 del 26 de junio de 2025, confirmó que la firma del supuesto poder legal no corresponde al señor Medrano Reyes. El documento fue inicialmente legalizado por el actuario Rodolfo Morales Almonte.

Durante la audiencia, la fiscaL Massiel Rock presentó en presencia de el tribunal una serie de evidencias que sustentaron las medidas cautelares impuestas.

Mientras tanto, la fiscal investigadora Rosalía Vargas Gómez continúa las pesquisas para establecer el importancia total del fraude.

El Servicio Sabido ha calificado preliminarmente los hechos como violaciones a los artículos 145, 146, 147, 148, 150, 151, 265, 266 y 408 del Código Penal dominicano, que tipifican delitos como falsificación, uso de documentos falsos, asociación de malhechores y estafa.

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