
El problema de pensiones es uno de los temas más comentados y debatidos entre la población dominicana. Existe una gran frustración y confusión en torno a este problema, y muchos expresan sus preocupaciones correcto a la yerro de información que el ciudadano promedio tiene sobre las pensiones.
A continuación, el Superintendencia de las pensiones (SIPEN) Asegura algunas de las preguntas principales sobre el software de pensiones en la República Dominicana:
¿Qué es un administrador de fondos de pensiones (AFP)?
Ellos son Empresas financieras establecidas de acuerdo con las leyes del país. Su único propósito es tener la llave de la despensa las cuentas personales de los miembros, modificar fondos de pensiones adecuadamente y otorgar y tener la llave de la despensa los beneficios del sistema de pensiones.
¿Cómo puedo unirme a una AFP? / ¿Puede un empleado no salarado (trabajador por cuenta propia) contribuir a la seguridad social?
Los trabajadores que comienzan una relación sindical como empleados asalariados tienen derecho a nominar una AFP internamente de los treinta (30) días, ya sea manifiesto o privado. Supongamos que el trabajador no selecciona una AFP al final de este período. En ese caso, se considerará que el trabajador ha competente al empleador a inscribirlos automáticamente en la AFP, donde la mayoría de los empleados del empleador están inscritos.
El Sistema de seguridad social proporciona un Esquema de contribución subsidiada para trabajadores independientes. Sin secuestro, este esquema aún no ha entrado en vigor.
¿Cómo sé con qué AFP estoy afiliado?
Puedes contactar al Superintendencia de pensiones ya sea a través del sitio web, en www.sipen.gob.do, por Separar “Servicios” y luego “Verifique su AFP”, o por teléfono al 809-688-0018.
¿Puedo transferir a otra AFP? ¿Qué tengo que hacer?
Los miembros tendrán derecho a cambiar la AFP una vez al año, siempre que hayan hecho un insignificante de seis (6) contribuciones en un año, con el requisito de dar 30 días de aviso previo a la AFP con la que están afiliados.
Para hacer una transferencia, los miembros deben ir a la AFP, donde están inscritos con su plástico de identidad y completar la forma correspondiente, que depositarán en persona en la AFP a la que se están transfiriendo.
Soy dominicano y voy a conducirse fuera del país. ¿Qué pasa con mis contribuciones? ¿Puedo reclamarlos con pruebas de que vivo en el extranjero?
Sus ahorros siguen siendo invertidos en su cuenta de capitalización individual y continúan generando rendimientos para usted, creciendo diariamente para que tenga la veterano cantidad de peculio adecuado para retirarse cuando difusión la existencia de subvención.
Recuerde, nuestro empleador y nuestras contribuciones a la cuenta de capitalización individual son ahorros para que el futuro se use cuando sea hora de retirarse. Por lo tanto, pueden retirarse en las formas proporcionadas por la ley, independientemente de mi país o si reside fuera del país.
Si tengo dos o más trabajos, ¿debo registrarme para cada uno?
No, cada trabajador se registra una vez, lo que se aplica a todos sus trabajos e ingresos recibidos de ellos. Cada uno de sus empleadores debe registrarlo en su paga con el Caudal del Seguro Social (TSS) y realizar el plazo mensual deducido de sus ingresos, adjunto con la contribución que deben hacer en su nombre a su cuenta de capitalización.
¿Qué puedo hacer si mi empleador deja de retribuir el Seguro Social por un tiempo específico? ¿Dónde puedo informar esta situación?
Puedes contactar al Oficina de Información y Defensa de los miembros (DIDA) y presentar un incentivo para que pueda reenviar su caso al Caudal del Seguro Social (TSS), que auditará a su empleador para corregir la situación.
¿Qué pasará con mis fondos si la AFP con la que estoy afiliado se declara en raja?
Su Cuenta de capitalización individual (CCI) será transferido a otra AFP. Adentro de los 30 días, el miembro tendrá derecho a nominar a qué AFP desean transferir.
¿Qué tipos de pensiones o beneficios están disponibles en el sistema contributivo?
Pensión de vejez;
Pensión de vejez;
Pensión de discapacidad total o parcial;
Pensión del sobreviviente;
Reembolso del saldo correcto a la inscripción tardía;
Reembolso del saldo correcto a la enfermedad terminal.
¿Se pierde el derecho a las pensiones de sobrevivientes?
Anteriormente, el miembro o beneficiario permitido Tuvo que solicitar la pensión internamente de los primeros siete abriles a partir de la aniversario de la homicidio del miembro, y si no lo hicieron internamente de este tiempo, perdieron su derecho a una pensión.
Actualmente, para solicitar una pensión de sobreviviente, los beneficiarios legales tienen un período de acotación para la discapacidad y las pensiones de sobrevivientes de hasta 20 abriles, que se extiende gradualmente:
10 abriles (2023)
13 abriles (2025)
16 abriles (2027)
20 abriles (2029)