El autor es abogado. Reside en Santo Domingo
Recientemente, la Asamblea Central Electoral (JCE) emitió la Resolución 16-2025, que distribuye RD$750 millones como financiamiento notorio para los partidos políticos durante la segunda centro del año 2025. De esta suma, el 10%, es sostener, RD$75 millones, debe destinarse exclusivamente a programas de educación, formación y capacitación política.

Este mandato está claramente establecido en el artículo 38 de la Ley núm. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que dispone que los partidos deben especializar no menos del diez por ciento (10%) de los fortuna que reciben del Estado para estos fines, orientando preferiblemente los programas a mujeres y jóvenes, con el propósito de incentivar una décimo política consciente y responsable. Junto a destacar que esta disposición no es obligatoria en abriles de elecciones generales.
La capacitación política no es un desembolso más interiormente de la estructura partidaria, sino una inversión estratégica que fortalece la democracia al preparar líderes comprometidos, fomentar la inclusión y promover una ciudadanía activa y crítica. Es básico que los partidos asuman este compromiso con seriedad y responsabilidad, para que el financiamiento notorio se traduzca en formación auténtico y efectiva.
La Asamblea Central Electoral debe supervisar rigurosamente el uso de estos fortuna y exigir a los partidos informes transparentes y verificables sobre la ejecución de sus programas de capacitación. Solo así se garantizará que los fondos públicos cumplan su objetivo y contribuyan a vigorizar la institucionalidad democrática en nuestro país.
La educación política es la cojín para construir una sociedad más participativa y torneo. Por eso, respetar y cumplir el artículo 38 no es solo un mandato procesal, sino un compromiso con el futuro de la democracia dominicana.
fujel@gmail.com
Jpm-am
Compártelo en tus redes:







